S.M. el Rey recibió a la Junta de Gobierno de la FEMP

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  • 26.02.2018
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Don Felipe recibió en el Palacio de La Zarzuela a la Junta de Gobierno de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la asociación de entidades locales de ámbito estatal con mayor implantación, que agrupa Ayuntamientos, Diputaciones, Consejos y Cabildos Insulares, en total 7.324, que representan más el 90% de los Gobiernos Locales españoles. Constituida al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, fue declarada como Asociación de Utilidad Pública mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de junio de 1985. La FEMP es la Sección Española del Consejo de Municipios y Regiones de Europa (CMRE) y sede oficial de la Organización Iberoamericana de Cooperación Intermunicipal (OICI). Los fines fundacionales y estatutarios de la FEMP son el fomento y la defensa de la autonómica de las Entidades Locales; la representación y defensa de los intereses generales de las Entidades Locales ante otras Administraciones Públicas; el desarrollo y la consolidación del espíritu europeo en el ámbito local, basado en la autonomía y la solidaridad entre los Entes Locales; la promoción y el favorecimiento de las relaciones de amistad y cooperación con las Entidades Locales y sus organizaciones, especialmente en el ámbito europeo, el iberoamericano y el árabe; la prestación, directamente o a través de sociedades o entidades, de toda clase de servicios a las Corporaciones Locales o a los entes dependientes de estas y cualquier otro fin que afecte de forma directa o indirecta a los asociados de la Federación. La Junta de Gobierno es el órgano encargado de llevar a la práctica los acuerdos del Consejo Territorial y del Pleno de la FEMP, designar representantes de las Corporaciones Locales en aquellos organismos donde exista representación local, administrar el patrimonio de la Federación, admitir nuevos socios, acordar la interposición de cuantas acciones legales fueran necesarias en la defensa de los intereses locales o nombrar y cesar, a propuesta del Presidente, a la persona que ejerza las funciones de Secretaría General.